Instale apartamentos reversibles en la azotea de su edificio
Una manera de crear vivienda en arrendamiento sin coste de suelo
Servicio de asesoría y construcción gratuito:
El arquitecto Santiago Cirugeda, redactor de la propuesta, lleva realizadas, desde el año 2000, varias situaciones de autoconstrucción en cubiertas, que han generado una buena convivencia entre vecinos, un aporte económico para el arreglo de elementos comunes del inmueble, y que ha permitido el acceso a una vivienda a personas con una capacidad económica reducida.
Nota: ver alquiler de azoteas en
www.youtube.com
Comunidad de propietarios del inmueble situado en el Nº
CONVENIO DE RÉGIMEN INTERNO
La comunidad de copropietarios, del inmueble situado en el número de la calle, y cuyos representantes: (listado)
D.
D.
D.
D.
Dª.
Dª
a partir de ahora, la comunidad, reunidos con :
D. , a partir de ahora el nuevo inquilino, y
D. Santiago Cirugeda, a partir de ahora el arquitecto, firman el presente convenio.
PRIMERO
La comunidad permitirá que el nuevo inquilino instale en la cubierta superior del ático una vivienda reversible, de obra seca, de acuerdo al proyecto del arquitecto Santiago Cirugeda, que se hace responsable de la estabilidad de la misma y de la azotea en la que se instala.
Dicha construcción se equipara al resto de ampliaciones de viviendas y trasteros que se pueden observar en numerosas edificaciones vecinas. En nuestro caso, nunca superará el 30% marcado por la ordenanza municipal, de la superficie donde se instala.
SEGUNDO
Que el nuevo inquilino correrá con los gastos de montaje, y evitará, en la medida de lo posible cualquier inconveniente a la hora del acopio y subida de materiales. El montaje, que no necesita maquinara ruidosa, se hará en horas laborales, y fines de semana.
TERCERO
Por el uso de dicha cubierta, el inquilino pagará un alquiler mensual de 200 euros, durante 5 años, que revertirá en beneficio de la comunidad.
Igualmente afrontará los gastos de comunidad que estén en vigor, por tiempo indefinido, durante el cual estará la vivienda instalada.
CUARTO
Las acometidas eléctricas y conexión con bajantes y tomas de agua, se realizarán a través del inmueble situado en el ático, pudiendo formalizarse con el propietario del mismo, el contrato de arrendamiento que justifique el ingreso a la comunidad, y el empadronamiento del inquilino.
QUINTO
No se podrá transmitir por venta, dicha vivienda. Quedando el uso reservado al inquilino en cuestión y la pareja del mismo. El régimen de convivencia será el mismo que asumen el resto de inquilinos, primando el respeto al descanso, y la buena convivencia entre los mismos.
SEXTO
Cualquier obra para facilitar el acceso a la azotea, así como cualquier daño que se pudiera generar en la misma, correrá a cargo del nuevo inquilino.
SÉPTIMO
Cualquier solicitud, por parte de la administración, que pueda ser requerida para la estabilización del inmueble, así como la constitución de la legalidad del mismo, será solucionada bajo la responsabilidad del Arquitecto.
Madrid 2007
Firmado: Los representantes de la comunidad
D. D.
D. D.
Dª. Dª
Fdo: D. El nuevo inquilino. Fdo: D.Santiago Cirugeda. El Arquitecto.